A raíz de las investigaciones realizadas en el marco del caso Villarejo y su contratación por varias de las más grandes empresas del panorama económico español, se ha dado a conocer la responsabilidad compartida por cliente y profesional en el caso de la contratación de investigaciones privadas, sin que estas se hagan a través de detectives privados establecidos.     Más allá del hecho del dudoso hecho de que estas empresas contrataran a Villarejo por su condición de funcionario y con acceso a informaciones restringidas, cabe preguntarse: 

¿Cómo puede el cliente  comprobar la legalidad del detective privado?

Los detectives privados acreditan su condición mediante la tarjeta de identidad profesional (TIP) emitida por el Ministerio del Interior, y que será mostrada por el profesional a petición del cliente. Los despachos de detectives deberán también exhibir el número de inscripción en el llamado Registro Nacional de Seguridad Privada, y que acreditará que el despacho cumple con todos los requisitos que la legalidad exige para el ejercicio de la profesión de detective privado.

¿Qué consecuencias tendrá contratar un detective privado no habilitado?

No se trata de una cuestión baladí: Probablemente a un cliente particular no se pueda exigir un conocimiento tan profundo como a las empresas imputadas a de la contratación de Villarejo, todas ellas con enormes departamentos jurídicos y asesorías legales, pero la peor de las noticias para el cliente despistado sería que la no verificación del detective contratado y la consecuente falta de legalidad pudiera invalidar las pruebas obtenidas de cara a un proceso judicial, o aún peor, que estas se volvieran en su contra.

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