Afortunadamente, los hechos están cambiando. Muchas veces, contratar un detective no es una opción, es la única forma de que disponen nuestros clientes para defenderse de unos hechos que les perjudican.  ¿Qué sucede, sin embargo, cuando el ejercicio de una defensa legítima y justificada acaba teniendo unos costes para su beneficiario, de los que no tendría que haberse hecho cargo en caso de que no haber tenido que defender sus derechos judicialmente? La condena en costas está contemplada en el ordenamiento jurídico español, sin embargo los costes de contratación de detectives privados no se incluían en los mismos, salvo casos puntuales. 

Detectives Garbo en IB3

Detectives Privados: ¿Una inversión recuperable?

Como decíamos, las cosas están cambiando: lo que en ordenamientos jurídicos europeos viene siendo habitual (incluir la minuta de detective en las costas de juicio), es de cada vez más frecuente en España. Una situación que cambia y que añade un plus de justicia en algunas sentencias y para que negarlo, supone un incentivo para la contratación de detectives privados por parte de nuestros clientes. A continuación, letrados e interesados podrán encontrar sendas sentencias recientes en las que nuestra minuta fue incluída en las costas. 

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